VENTA AMBULANTE EN EL PARTIDO DE DAIREAUX

La Dirección de Bromatología e Inspección General informa que por medio de la Ordenanza N º 1153/09, aprobada el 12 de mayo, se organiza y reglamenta la venta ambulante en el Partido de Daireaux para garantizar cierta convivencia con otras actividades económicas comerciales y evitar invasiones del espacio público. Esta ordenanza establece que para obtener los permisos correspondientes, los vendedores ambulantes deberán ser mayores de edad o tener autorización para ejercer el comercio, tener domicilio actual en la ciudad de Daireaux, con un mínimo de cuatro años a la fecha de la solicitud y presentar certificado de conducta. Quienes obtengan el permiso deberán acreditar la procedencia de la mercadería y llevar identificación y acreditación del Departamento Ejecutivo.

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Autor: deroweb

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